10ª. Qué número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad, por ejemplo, tantas fanegas, o del nombre, que tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad, tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies que hubieren declarado.
"A la décima respondieron que el todo del término de este expresado lugar asciende a mil cuarenta y tres (1043) fanegas de terrazgo a saber:
para trigo de buena calidad cincuenta (50) fanegas,
de mediana sesenta (60) y
de inferior setenta y cuatro (64).
En la especie de centeno siendo
de buena calidad ciento y veinte (120) fanegas
en la de mediana doscientas y cincuenta (250) fanegas y
en la de inferior trescientas cuarenta y cinco (345)
y sobre estas se hallan con plantio de encina de unica veinte y dos (22) fanegas ;
en cortinas para herren de centeno de unica calidad treinta y una (31) fanegas y
en pastos de prados ejidos y valles siendo de buena calidad quince (15) fanegas,
de mediana cinco (5), y onze (11) de inferior y
en tierra inútil yerma por naturaleza con extensión a algunas partes y pedazos del termino sesenta y nueva (69) fanegas y
las treze (13) fanegas restantes que las ocupa solo monte de encina y sobre algunos peñascales"
11ª. Qué especies de frutos se cogen en el término
"a la onze dijeron que en el termino de este lugar se coge trigo, centeno y herren, y de rastrojo como llevan depuesto, alguna zebada y garbanzos, aunque no es fruto cierto, y que hay becerros, cabritos, corderos y ganado de cerda, lana y queso, miel, leña y bellota"
12ª. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese
"a la doze respondieron que con una ordinario cultura produze en las tierras labrantias de secano una fanega de tierra de buena calidad seis (6) fanegas,
de mediana quatro (4) y
la de inferior tres (3) fanegas de trigo,
en la especie de centeno
una fanega de tierra siendo de buena calidad siete (7) fanegas,
la de mediana cinco (5), y
la de inferior quatro (4) fanegas,
la fanega de tierra en cortinas para herren que produze todos los años reducida a dinero contemplan importa su producción cuarenta (40) reales de vellon y que en cuanto a pastos por no le sen doble otra regulazion que a dinero hallan merece la fanega de tierra para pasto de buena calidad quince (15) reales, la de mediana diez (10) y quatro (4) la de inferior y nada la tierra inútil"
13ª. Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie.
"A la treze pregunta dijeron que la fanega de Monte de enzina de las que llevan expresadas atendiendo que en algunos o los mas de los años no suele darse por la suma devilidad y delgadez de pies regulan que produce por quinquenio dos fanegas de bellota"
14ª. Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos
"a la catorce dijeron que el valor que ordinariamente tienen los frutos que produce la tierra y arboles del termino y ganados que en el se crian son los siguientes:
la fanega de trigo quinze (15) reales
la de centeno diez (10)
la de zebada ocho (8)
la de garbanzos treinta y dos (32)
la de bellota quatro (4) reales
y que los ganados y esquilmos llegando a diezmo merece un becerro treinta (30) reales
un cordero seis (6)
un cabrito cinco (5) reales
un cerdo tres (3) reales
una libra de lana un real , otro de queso lo mismo
un pollo seis quartos
y un cobre de ajos tres quartos"
*esquilmos: el conjunto de frutos y provechos que se sacan de las haciendas y ganados
15ª. Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros; y a quien pertenecen
"a la quinze respondieron que sobre las tierras y propiedades del termino se hallan impuesto y pagan por los frutos que producen los derechos siguientes:
el diezmo a dios que en la especie de granos y ganado se entiende de diez uno y de cinco medio, sean fanegas, medias fanegas, celemines y quartillos y cabezas, excepto el herren que por la contra producción y servir para manutención de ganados no se paga y cuanto a estos lo mismo no llegando a cinco cabezas y llegando se da media
vende y reduce a dinero...
tambien hai primicias de todos granos y es que llegando a coger el labrador o senarero seis fanegas paga media de cada una y no llegando nada ;
tambien hai voto del Apóstol Santiago y reduce a que cada labrador o senarero paga media fanega de la (atejor) semilla que coje llegando a primiziar y es por la comun trigo y los frutos decimales del termino y la mitad de lo que arrastran los vecinos de este que labran en otros entran en la cilla o acervo comun y hacen nueve partes o novenos y distribuyen en esta forma:
tres partes o novenos para el prestamo que goza el ilmo Sñor Obispo de Salamanca,
otras tres partes para el beneficio que posee el monasterio de san Jerónimo extramuros de dicha ciudad y
los tres novenos restantes uno por razon de tercias a la real … de ella, otro al Ilmo Sñor Duque de Alburquerque y otro a la iglesia de este lugar y su fabrica
que las primicias de este lugar se dividen en tres partes dos al beneficio simple que en esta iglesia goza don Diego Tribiño vecino de Ciudad Real y la restante para dicho prestamo que el derecho del voto de Santiago lo percive por si enteramente la iglesia metropolitana de aquella ciudad y solo saven:
son horras de diezmo las tierras pertenecientes a el beneficio de dicho monasterio y sobre todo ello se remiten a las relaciones por donde mejor constara"
*diezmo: contribuciones que los agricultores debían pagar a la Iglesia, y consistían en un Diez por ciento (10 %) de los frutos que se producían, (de ahí el nombre de diezmo) abonándolos en especie, es decir en el propio producto cosechado
*primicia: impuesto eclesiástico
*senarero: derecho del jornalero para explotar una pequeña extensión de terreno, cuyo usufructo le pertenece
*voto de santiago: compromiso que adquirieron los cristianos de castilla, León y Asturias por la victoria de la batalla del Clavijo en la que el Apostol Santiago habría intervenido fisicamente en su favor, cambiando la suerte de la batalla hacia los cristianos.
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